Micelio
Auto2 de noviembre de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Comunidades Indígenas·Demandado Almendras Andres Antonio Y Panche Chocue Nibaldo

Tema · dato duro
Ausencia Del Factores Objetivo E Institucional-La Autoridad Indígena No Aportó Elementos Suficientes Que Permitan Garantizar Los Derechos De Las Víctimas Con Ocasión A La Presunta Comisión Del Delito De Desplazamiento Forzado Agravado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Popayán y la Jurisdicción Especial Indígena del Cabildo Resguardo Indígena de La Laguna-Siberia.

La causa que origina la controversia trata de proceso penal iniciado en contra de miembros de comunidad indígena por presunto delito de desplazamiento forzado agravado en modalidad dolosa y en calidad de autor.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos establecidos por la jurisprudencia para poder asignar la competencia y advierte que se cumple con el elemento personal, toda vez que ambos imputados pertenecen a comunidad indígena, así como el elemento territorial por cuanto los hechos ocurrieron en territorios que consideran de sus comunidades.

Se advierte que si bien el asunto reviste especial nocividad para la sociedad mayoritaria, para la comunidad indígena también es de particular trascendencia, por lo que el elemento objetivo “no determina una solución específica” pero sí exige que se haga una valoración más exhaustiva del presupuesto institucional, con el fin de evitar la impunidad o la afectación a los derechos de las presuntas víctimas.

Sobre el elemento institucional, sin perjuicio de las sólidas instituciones de justicia propia con las que cuenta la comunidad, en este caso específico la Sala no encuentra que ella pueda garantizar los derechos de los integrantes de una comunidad indígena con quienes sostienen la disputa territorial que está en el origen de los hechos por los que se investiga a los miembros de las mismas.

Por el contrario, la imparcialidad en un eventual juicio por parte de las autoridades de las comunidades podría estar comprometida, precisamente por sus posiciones frente al conflicto en el que se enmarcan los hechos objeto del proceso penal, razón por la cual no se satisface dicho elemento y se decide que la competencia sea asignada a la Jurisdicción Ordinaria, especialidad penal y por tanto la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Popayán para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades indígenas del Resguardo Indígena de La Laguna-Siberia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito Especializado de Popayán y la Jurisdicción Especial Indígena del Resguardo Indígena de La Laguna-Siberia y DECLARAR que el Juzgado
  3. Segundo. Penal del Circuito Especializado de Popayán es la autoridad competente para conocer del proceso penal seguido en contra de en contra de Andrés Antonio Almendras y Nibaldo Panche Chocué por el delito de desplazamiento forzado
  4. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2161 al Juzgado
  5. Segundo. Penal del Circuito Especializado de Popayán para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades indígenas del Resguardo Indígena de La Laguna-Siberia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.