Micelio
Auto25 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Hospital Universitario De Santander Ese·Demandado Departamento Del Valle Del Cauca Secretaria De Salud

Tema · dato duro
Controversia Sobre Devoluciones Efectuadas A Facturas Generadas Por Prestación De Servicios De Salud-Conflicto Entre Entidades Pertenecientes Al Sistema General De Seguridad Social En Salud.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Superintendencia Nacional De Salud En Ejercicio De Sus Funciones Jurisdiccionales
  • Conflictos derivados de las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Cali.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en la demanda que instauró la ESE Hospital Universitario de Santander en contra de la Secretaría de Salud del Valle.

Esta acción se presentó ante la Supersalud con el fin de que se dirimiera el conflicto de devoluciones entre las dos entidades.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la conformación de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 2032 de 2023 mediante la cual se estableció que, de conformidad con el artículo 116 de la Constitución y con el literal f del artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer de controversias entre entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que versen sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos.

Con base en lo anterior se remitió el expediente la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia y para que le comunique esta decisión al operador jurídico involucrado y a las partes procesales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado
  2. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cali, en el sentido de DECLARAR la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer la demanda de devoluciones promovida por la E.S.E Hospital Universitario de Santander en contra de la Secretaría de Salud del Valle del Cauca.
  3. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4694 a la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia y para que le comunique esta decisión al Juzgado
  4. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de Cali, y a las partes procesales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.