Micelio
Auto25 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Benitez Dorado Mayra Alejandra·Demandado Par Caprecom Liquidado Y Otro

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, Sala Civil Familia Laboral, y el Juzgado 6 Administrativo del Circuito de Armenia, Quindío.

Es causa de la controversia, demanda ordinaria laboral instaurada por una ciudadana, en contra de la Fiduciaria la Previsora S.A., en calidad de vocera y administradora del PAR -Caprecom Liquidada-, a través de la cual pretende que se declare la existencia de una relación laboral sin solución de continuidad, así como así como la terminación sin justa causa y se condene al demandado al pago de las acreencias y demás derechos laborales debidos.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión del Auto 492 de 2021, precisada en Auto 901 de 2021, para decidir que, conforme al artículo 104 del CPACA, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer y decidir un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.

En consecuencia, resuelve remitir el expediente al Juzgado 6 Administrativo del Circuito de Armenia, Quindío, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia Sala Civil Familia Laboral.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia Sala Civil Familia Laboral y el Juzgado 6 Administrativo del Circuito de Armenia, Quindío, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 6 Administrativo del Circuito de Armenia, Quindío, es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por Mayra Alejandra Benítez Dorado en contra de la Fiduciaria la Previsora S.A., en calidad de vocera y administradora del PAR Caprecom Liquidado.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4274 al Juzgado 6 Administrativo del Circuito de Armenia, Quindío, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia Sala Civil Familia Laboral.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.