Micelio
Auto25 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Uchima Agudelo Rocio·Demandado Procuraduria General De La Nacion

Tema · dato duro
Proceso Ejecutivo En El Que Se Pretende El Pago De Acreencias Laborales Reconocidas Mediante Actos Administrativos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Buga y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Buga.

La causa que suscita la controversia radica en demanda ejecutiva laboral iniciada por una ciudadana en contra de la Procuraduría General de la Nación con el fin de que se libre mandamiento de pago por las sumas reconocidas en acto administrativo emitido por la demandada, por el concepto de Prima Especial de Servicios.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo dispuesto en Auto 613 de 2021 y reiterada en Autos 1033 de 2021 y 914 de 2022, según los cuales, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias derivadas de una relación de trabajo, reconocidas en actos administrativos.

Lo anterior, de conformidad con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expedienta al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Buga para que proceda con lo de su competencia y le comunique la presente decisión tanto al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Buga como a los sujetos procesales involucrados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Tercero. Administrativo del Circuito de Buga y el Juzgado
  3. Primero. Laboral del Circuito de Buga en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda ejecutiva laboral promovida por la señora Rocio Uchima Agudelo contra la Procuraduría General de la Nación le corresponde al Juzgado
  4. Primero. Laboral del Circuito de Buga.
  5. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4029 al Juzgado
  6. Primero. Laboral del Circuito de Buga para que proceda con lo de su competencia y le comunique la presente decisión tanto al Juzgado
  7. Tercero. Administrativo del Circuito de Buga como a los sujetos procesales involucrados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.