Micelio
Auto15 de octubre de 2008

A- de 2008

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Brayan De Jesús Vásquez Castro Vs. Ministerio De Protección Social –Grupo Interno De Trabajo Para La Gestión Del Pasivo Social De La Empresa Puesrtos De Colombia-Coordinación De Pensiones

Tema · dato duro
Conflicto Negativo De Competencia Suscitado Entre El Tribunal Superior De Barranquilla, Sala Laboral Y El Consejo Seccional E Barranquilla. Se Decidió Remitir El Expediente De La Referencia Al Consejo Seccional De La Judicatura De Barranquilla Para Que Decida La Acción De Tutela De Que Se Trata.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia a prevención y libertad para escoger la especialidad del juez competente
  • Competencia Consejo Seccional de la Judicatura
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Remitir, por intermedio de la Secretaria General, el expediente de la referencia al Consejo Seccional de la Judicatura de Barranquilla, para que en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, y dentro de los terminos establecidos, decida la accion de tutela interpuesta por Brayan de Jesus Vasquez Castro contra el Ministerio de Proteccion Social - Grupo Interno de Trabajo para la Gestion del Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia - Coordinacion de Pensiones.
  2. Segundo. Comunicar por medio de Secretaria General, el presente auto al Tribunal Superior del Barranquilla, Sala Laboral con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional. Para el efecto se remitira copia de la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.