SALVAMENTO DE VOTO AL AUTO A-264 DE 2005 DEL MAGISTRADO JAIME ARAUJO RENTERIAReferencia: expediente D-6027Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 107 de la Ley 906 de 2004, “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal”.Impedimentos de los señores Procurador y Viceprocurador General de la Nación Magistrado Ponente:Dr. HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTOCon el respeto acostumbrado por las decisiones mayoritarias de esta Corte, me permito presentar Salvamento de Voto frente al Auto que nos ocupa, reiterando para ello mi posición jurídica sostenida en innumerables oportunidades, en relación a que esta Corporación carece de la competencia tanto constitucional como legal para resolver los impedimentos del Procurador General de la Nación en su función de emitir conceptos dentro de los procesos de constitucionalidad, y con mayor razón, carece esta Corte de la competencia para conocer de los impedimentos del señor Viceprocurador General de la Nación, competencias, que en mi opinión, corresponden al Senado de la República.Por lo anterior disiento del presente Auto.Fecha ut supra,JAIME ARAÚJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Ver Salvamento de Voto al Auto A-159 del 2005, Expediente D-5807, entre muchos otros.
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Demanda De Inconstitucionalidad Contra El Articulo 107 De La Ley 906 De 2004. Aceptar Los Impedimentos De Los Señores Procurador Y Viceprocurador General De Las Nación Para Emitir Concepto De Fondo En Relación Con La Demanda De Inconstitucionalidad
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado