Micelio
Auto25 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Julio Cesar Ortiz Mateus·Demandado Oficina Juridica Del Establecimiento Penitenciario De Alta Y Mediana Seguridad Y Carcelario Con Alta Seguridad De Combita

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Aparente De Competencia En Tutela
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia presentado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Cómbita (Boyacá) y el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Tunja.

Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que las dos autoridades involucradas se apartaron del conocimiento de la acción de tutela con base en reglas de reparto.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al primer despacho con competencia al que se le repartió el asunto, esto es, el Juzgado Promiscuo Municipal de Cómbita a quien se remite el expediente para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.

Se hizo una advertencia a este operador para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 21 de septiembre de 2023, proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Cómbita, dentro del trámite de la acción de tutela de la referencia.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4524 al Juzgado Promiscuo Municipal de Cómbita, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Cómbita que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICARLE la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado Promiscuo Municipal de Cómbita y al Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Tunja.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.