Micelio
Auto18 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Álvarez Zuluaga José Luis Y Otra·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque su corrección, según informe secretarial, no se presentó en tiempo.

Los actores alegaron que remitieron la subsanación mediante correo electrónico y dentro de los tres días concedidos por la magistrada sustanciadora.

Así mismo, argumentaron que el Consejo Superior de la Judicatura, mediante el Acuerdo PCSJA23-12089, suspendió los términos judiciales en el territorio nacional del 14 al 20 de septiembre de 2023, sin que excluyera esta medida de manera expresa paras las acciones públicas de inconstitucionalidad, como sí lo hizo con las de tutela, hábeas corpus y la función de control de garantías.

La Sala Plena de la Corporación admitió la contabilización de términos de ejecutoria del Auto de inadmisión tal y como lo proponen los recurrentes y, en consecuencia, da por presentado de manera oportuna el escrito de corrección.

Con base en lo anterior se REVOCA el auto de rechazo y se ordena remitir el expediente a la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, con el fin de que continúe con el trámite de admisibilidad de la demanda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (25 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el auto de fecha 19 de septiembre de 2023, por medio del cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad del expediente D-15462.
  2. Segundo. REMITIR el expediente de la referencia a la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, para que continúe con el trámite de admisibilidad de la demanda.
  3. Tercero. Comunicar el contenido de esta decisión a los recurrentes.
  4. Comuníquese y cúmplase.
  5. Diana Fajardo Rivera
  6. Presidenta
  7. Con salvamento de voto
  8. NATALIA ÁNGEL CABO
  9. Magistrada
  10. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  11. Magistrado
  12. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  13. Magistrado
  14. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  15. Magistrado
  16. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  17. Magistrado
  18. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  19. Magistrada
  20. No participa
  21. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  22. Magistrada
  23. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  24. Magistrado
  25. ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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