Micelio
Auto18 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Longas Londoño Humberto De Jesús·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
  • Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque las deficiencias identificadas en el auto admisorio persistieron.

Encontró la Sala Plena de la Corporación que el actor no demostró que la providencia cuestionada incurrió en yerro, olvido o arbitrariedad y que, por el contrario, en ella se hizo un análisis adecuado del escrito de corrección.

Se consideró igualmente, que el recurrente no impuso el cumplimiento de cuestiones que fueran ajenas a los presupuestos del concepto de la violación que le fueron advertidas oportunamente.

Por lo anterior, se NEGÓ el recurso impetrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. NEGAR el recurso de súplica presentado contra el auto proferido el 18 de septiembre de 2023 por la magistrada Natalia Ángel Cabo que rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por Humberto de Jesús Longas Londoño contra el artículo 68 de la Ley 2277 de 2022 y la totalidad del Decreto Ley 920 de 2023.
  2. SEGUNDO. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR esta decisión al recurrente, indicándole que contra la misma no proceden recursos.
  3. TERCERO. Ejecutoriada esta decisión, archívese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.