A- de 2024
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Luis Alberto Castillo Bornacell·Demandado Sociedad Constructora Bolivar S.A. Y Comandante Policia Metropolitana De Barranquilla
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia presentado entre el Juzgado Segundo 2º Penal Municipal de Soledad (Atlántico) y el Juzgado 14 Penal Municipal de Barranquilla.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones sobre el factor territorial.
Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado 2º Penal Municipal de Soledad para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Se advirtió al precitado operador jurídico que, cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, se resuelva por las autoridades establecidas en la Ley 270 de 1de 2023 y q996 y en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 2 de noviembre de 2023, proferido por el Juzgado 2º Penal Municipal de Soledad dentro del trámite de la acción de tutela de la referencia y REMITIRLE el expediente ICC-4550 para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- Segundo. ADVERTIR al Juzgado 2º Penal Municipal de Soledad que cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto por las autoridades establecidas en la Ley 270 de 1996 y en el Auto 550 de 2018.
- Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado 2º Penal Municipal de Soledad y al Juzgado 14 Penal Municipal de Barranquilla.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.