Micelio
Auto24 de junio de 2015

A- de 2015

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Oscar Marin Martinez Y Otra

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica contra el auto que rechazó la demanda de inconstitucionalidad de la referencia, por persistir en el escrito de corrección la falta de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en la formulación de los cargos, indicados en el auto de inadmisión.

La Sala Plena encontró que le asistía razón al magistrado sustanciador para rechazar la demanda y, en virtud de ello, decidió desestimar el recurso de súplica formulado y CONFIRMAR en todas sus partes el auto recurrido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR en todas sus partes el auto del 14 de mayo de 2015, proferido por el Magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo en el proceso D-10690, mediante el cual se rechazo la demanda presentada por el ciudadano Christian Alexander Rodriguez Martinez contra el articulo 126-2 del Decreto 624 de 1989, "[p]or el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Direccion General de Impuesto Nacionales".
  2. Segundo. A traves de la Secretaria General de la Corte, comuniquese el contenido de esta decision al recurrente, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.