A-257/26 de 2026
Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Marulanda (Caldas) y el Juzgado 002 Administrativo del Circuito de Manizales (Caldas), suscitado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía instaurada por el municipio de Marulanda, contra la Empresa Nacional de Servicios Públicos ENSERP S.A.
E.S.P., para que se libre mandamiento de pago por una deuda derivada de un acuerdo de pago presuntamente incumplido.
Verificado el cumplimiento de los requisitos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo que esta corporación ha manifestado en varias ocasiones: que la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer de procesos ejecutivos en los cuales exista incertidumbre sobre la existencia de un contrato estatal como fundamento del título ejecutivo, por considerar que las pretensiones pueden comprometer recursos públicos e involucrar actos o contratos de entidades públicas, sometidas al derecho administrativo, con fundamento en los artículos 104.6 y 297.3 del CPACA.
En este caso, no se cuenta con elementos suficientes para determinar si el acuerdo de pago que sirve de soporte a la pretensión ejecutiva tiene origen en un contrato estatal celebrado por el municipio demandante.
Ante la incertidumbre sobre la naturaleza jurídica de la relación que dio origen al título que se pretende ejecutar, la controversia podría involucrar actos o contratos celebrados por la entidad pública y, por tanto, resultar sometida al derecho administrativo.
En tales términos, corresponde a dicha jurisdicción de lo contencioso administrativo conocer del proceso ejecutivo de la referencia, en reiteración de la regla de decisión, entre otros, del Auto 299/25.