A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Empresa Nacional Promotora Del Desarrollo Territorial Enterritorio·Demandado Municipio De Ricaurte Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias relacionadas con un contrato estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo de Pasto y el Juzgado Primero Civil del Circuito de Túquerres.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de controversias contractuales que interpuso la Empresa Nacional Promotora de Desarrollo Territorial en contra del municipio de Ricaurte (Nariño) solicitando, entre otras cosas, la declaratoria del incumplimiento de un convenio interadministrativo, así como la ocurrencia de un siniestro de la póliza de cumplimiento y, en consecuencia, la afectación de ésta.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 492/22, mediante la cual se estableció que la competencia judicial para conocer de litigios que pretendan la declaratoria de incumplimiento de un contrato o convenio celebrado por entidades públicas y que no involucre la responsabilidad de entidades públicas con calidad de instituciones financieras por sus actividades relativas al giro ordinario de sus negocios, corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de acuerdo con el numeral 2º del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Primero Administrativo de Pasto, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Administrativo de Pasto y el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Túquerres, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Administrativo de Pasto es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por la Empresa Nacional Promotora de Desarrollo Territorial contra el Municipio de Ricaurte Nariño y la Aseguradora Solidaria de Colombia.
- Segundo. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4315 al Juzgado
- Primero. Administrativo de Pasto, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Túquerres.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.