Auto4 de agosto de 2009
A- de 2009
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Ley 136 De 2006
✓
Tema · dato duro
Revisión Oficiosa De Las Objeciones Presidenciales Presentadas Al Proyecto De Ley No 136 De 2006 Senado Y 240 Cámara. La Corte Decide Abstenerse De Decidir Acerca De Las Objeciones Presidenciales Hasta Tanto No Se Allegue Al Expediente Los Materiales Probatorios Que Permitan Constatar El Procedimiento Legislativo Seguido Para La Aprobación Del Proyecto De Ley.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Objeciones Presidenciales Al Proyecto De Ley Sobre Disposiciones En Materia Salarial Y Prestacional De Los Miembros De Las Asambleas Departamentales
- Falta de materiales probatorios que permitan constatar el procedimiento legislativo seguido para la aproba
Principio De Respeto A La Actividad Legislativa
- Solicitud documentos oficiales necesarios para poder determinar si se cumplió con el trámite constitucional, con los requisitos y exigencias de orden constitucional
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. ABSTENERSE DE DECIDIR acerca de las objeciones presidenciales de la referencia, hasta tanto no se cumplan los presupuestos constitucionales y legales requeridos para hacerlo.
- Segundo. ORDENAR que el presente auto se ponga en conocimiento de los señores presidentes del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, con el fin de que sean enviadas a la Corte Constitucional las Gacetas del Congreso necesarias para poder determinar, con base en las pruebas pertinentes, si para la aprobación del proyecto de ley en primer debate en la Cámara de Representantes y del informe de objeciones presidenciales en ambas cámaras legislativas, se cumplió con el procedimiento establecido.
- Tercero. Apremiar a los secretarios generales del Senado de la República y de la Cámara de Representantes para que acopien todos los documentos requeridos y dispongan que sean enviados a esta Corporación, dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación de las actas en las Gacetas del Congreso, si es que aun no se han publicado, o en el plazo de un (1) día hábil contado a partir de la notificación del presente auto, en el caso contrario.
- Cuarto. Una vez el Magistrado Sustanciador verifique que las anteriores pruebas han sido adecuadamente aportadas, se continuará el trámite de las objeciones presidenciales al Proyecto de Ley N° 136 de 2006 -Senado-, 240 de 2007 -Cámara-, "por medio del cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional de los miembros de las asambleas departamentales."
- Notifíquese, có
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
✓✓✓✓✓✓✓✓✓
Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
Ponente
Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
Magistrado
Humberto Antonio Sierra Porto
Magistrado
Jorge Iván Palacio Palacio
Magistrado
Juan Carlos Henao Pérez
Magistrado
Luis Ernesto Vargas Silva
Magistrado
María Victoria Calle Correa
Magistrado
Mauricio González Cuervo
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Presidente
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.