Salvamento de voto al Auto 252 05Referencia: expediente ICC-937Peticionario: BENIGNO HERNAN DIAZ CARDENASTal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Folio 23, tercer cuaderno del expediente. Cfr. Corte Constitucional, autos 044 de 1998 , 072 de 1999, 040 de 2001, 040, 072 y 073 de 2002, entre otros.
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Contencioso Administrativo De Boyaca Y El Juzgado Segundo Civil Del Circuito De Bogota. Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Segundo Civil Del Circuito De Bogota
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado