Micelio
Auto11 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Mejia Ovalle Dordi Stella·Demandado Hospital San Jose De Maicao Y Otro

Tema · dato duro
Controversia Originada Directa O Indirectamente En Un Contrato De Trabajo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Maicao y el Juzgado Segundo Administrativo Mixto del Circuito de Riohacha.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que interpuso una ciudadana en contra del Hospital Nuestra Señora de los Remedios de Riohacha y otros, con el objeto de que se declarara la existencia de un contrato de trabajo a término fijo y, en consecuencia, se ordenara el pago de salarios, prestaciones sociales y demás acreencias laborales.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 1702 de 2022 mediante la cual se estableció que, corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral y de seguridad social, conocer de los conflictos jurídicos que se originen directa o indirectamente en el contrato de trabajo, con independencia de que el empleador sea un particular o una entidad pública.

En estos casos, la simple mención de una entidad pública en el extremo pasivo del proceso no implica que la jurisdicción laboral carezca de competencia para pronunciarse de fondo, pues esta viene dada desde que el demandante afirma que tiene una relación laboral regida por un contrato de trabajo, ya sea presunto o expreso.

Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Maicao, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo del Circuito de Maicao y el Juzgado
  3. Segundo. Administrativo Mixto del Circuito de Riohacha, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Segundo. Promiscuo del Circuito de Maicao, es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por la señora Dordi Stella Mejía Ovalle en contra del Hospital Nuestra Señora de los Remedios de Riohacha, el Hospital San José de Maicao y el Hospital San Rafael de San Juan del César, integrantes del Consorcio Hemocentro de la Guajira.
  5. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4153 al Juzgado
  6. Segundo. Promiscuo del Circuito de Maicao, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  7. Segundo. Administrativo Mixto del Circuito de Riohacha.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.