Micelio
Auto11 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Murgas Garcia Jhon Reinaldo

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Cesar y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Valledupar.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho en la modalidad de lesividad que promovió Colpensiones, buscando la nulidad de los actos administrativos mediante los cuales reconoció una pensión de invalidez a uno de sus afiliados y resolvió sobre una reliquidación de esta prestación.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 316/21 según la cual se indicó que, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, siempre que el objeto de la litis verse sobre la nulidad de su propio acto, aun cuando aquel defina asuntos de derecho laboral y de la seguridad social.

Con base en lo anterior se remite el expediente al Tribunal Administrativo del Cesar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Cesar y el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Valledupar, Cesar y DECLARAR que corresponde al Tribunal Administrativo del Cesar el conocimiento del proceso promovido por la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones- en contra del señor John Reinaldo Murgas García.
  3. Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-4114 al Tribunal Administrativo del Cesar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  4. Primero. Laboral del Circuito de Valledupar, Cesar y a los sujetos procesales e interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.