Micelio
Auto11 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Perez Sosa Bertuldo·Demandado Empresa Ibaguereña De Acueducto Y Alcantarillado Ibal Sa Esp Y Otros

Tema · dato duro
Demanda En La Que Un Empleado En Misión Solicita El Reconocimiento De Relación Laboral Con La Empresa Usuaria, Cuando Esta Es Una Entidad Pública Y Cuya Regla General De Vinculación Es La De Trabajador Oficial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Once Administrativo del Circuito de Ibagué y el Juzgado Cuarto Laboral.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que formuló un ciudadano en contra de la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado SA ESP y solidariamente contra una empresa cooperativa de trabajo asociado, con el fin de que se declarara que existió un contrato de trabajo a término fijo sin solución de continuidad como y trabajador en misión con la empresa solidaria, el cual fue terminado sin justa causa.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 1728/23 mediante la cual se estableció que, la jurisdicción ordinaria laboral es competente para conocer las demandas en las que un trabajador en misión reclama el reconocimiento de una relación laboral con la empresa usuaria y esta empresa es una entidad pública cuya regla general de vinculación es la de trabajador oficial.

Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Ibagué para que proceda con lo de su competencia y le comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales y partes interesadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Once Administrativo del Circuito de Ibagué y el Juzgado
  2. Cuarto. Laboral del Circuito de la misma ciudad en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Cuarto. Laboral del Circuito de Ibagué es la autoridad competente para conocer de la demanda ordinaria laboral promovida por el señor Bertulfo Pérez Sosa.
  4. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4079 al Juzgado
  5. Cuarto. Laboral del Circuito de Ibagué para que proceda con lo de su competencia y le comunique la presente decisión al Juzgado Once Administrativo del Circuito de Ibagué y a los sujetos procesales y partes interesadas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.