Micelio
Auto24 de abril de 2018

A- de 2018

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Ana Aracelia Quisoboni Anacona·Demandado Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Jurisdiccion Constitucional
  • No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Laboral del Circuito de Mocoa y el Tribunal Superior de la misma ciudad.

El precitado Tribunal argumentó su incompetencia a partir de la interpretación de las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015.

Para la Corte carece de validez cualquier juicio a priori que realice la autoridad judicial con el propósito de establecer el responsable de la violación o amenaza de un derecho fundamental, pues estas consideraciones atañen al objeto de estudio de la sentencia.

Se resuelve la controversia con la remisión del expediente al Tribunal Superior de Mocoa para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se hace una advertencia a dicha Corporación, específicamente a la Sala Única de Decisión presidida por el Magistrado Orlando Zambrano Martínez, para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo en el presente caso, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 31 de enero de 2017, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa dentro de la accion de tutela formulada por la senora Ana Aracelia Quisoboni Anacona contra del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, la Unidad de Atencion y reparacion Integral a las Victimas - UARIV y el Ministerio del Trabajo.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3288 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR por ultima vez al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa, especificamente a la Sala Unica de Decision presidida por el Magistrado Orlando Zambrano Martinez, para que en lo sucesivo se abstenga de proceder como lo hizo en el presente asunto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
  4. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte demandante y al Juzgado Laboral del Circuito de Mocoa la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.