Micelio
Auto20 de mayo de 2021

A- de 2021

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Hernando Clavijo Lozano·Demandado Sala De Descongestion Numero 2 Sala Laboral Corte Suprema De Justicia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad Fallo De Tutela
  • Procedencia en sede de revisión
Accion De Tutela Y Debido Proceso
  • Obligatoriedad de la debida integración del contradictorio
Nulidad Procesal En La Accion De Tutela
  • Aplicación del régimen general de nulidad (artículo 133 C.G.P.), siempre que sus causales no resulten contrarias a los principios de celeridad y eficacia que caracterizan la tutela
Nulidad Por Falta De Notificacion
  • Se declara la nulidad de todo lo actuado desde auto admisorio de la demanda y rehacer proceso efectuando debida vinculación
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Plena se abstiene de efectuar la revisión de fondo de las sentencias proferidas dentro del trámite de la acción de tutela de la referencia, y declara la nulidad de todas las actuaciones surtidas desde el auto de admisión.

Se ordena devolver el expediente a la Corte Suprema de Justicia para que, en la Sala de Decisión que corresponda según su reglamento interno, asuma el conocimiento del asunto y rehaga la actuación procesal, previa notificación de la admisión a las partes directamente interesadas y terceros con interés en la decisión.

Se dispone que, una vez concluya el precitado trámite, el despacho judicial que surta la única o segunda instancia remita el expediente a la Corte Constitucional para que sea sometido al trámite de selección previsto en el Capítulo XIV de su Reglamento Interno.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. PRIMERO. ABSTENERSE de efectuar la revision de fondo de las sentencias proferidas dentro del tramite de la accion de tutela de la referencia.
  2. SEGUNDO. DECLARAR LA NULIDAD de todas las actuaciones surtidas desde el auto de admision del 26 de noviembre de 2019 proferido por la Seccion Quinta del Consejo de Estado, en la accion de tutela interpuesta por Hernando Clavijo Lozano contra la Sala de Descongestion No. 2 de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, la Sala Laboral de Descongestion del Tribunal Superior de Bogota, el Juzgado 1deg Laboral del Circuito de Bogota, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Corte Suprema de Justicia, en la sala de decision que corresponda segun su reglamento interno, que asuma el conocimiento del presente asunto y que reinicie el proceso de tutela de la referencia, previa notificacion de la admision de la demanda de tutela a las partes directamente interesadas y terceros con interes en la decision, de acuerdo con las consideraciones realizadas en la parte motiva del presente auto.
  4. CUARTO. ORDENAR que, por la Secretaria General de esta corporacion, el expediente digitalizado del proceso de tutela de la referencia sea remitido a la Corte Suprema de Justicia, para que se rehaga la actuacion procesal, conforme a lo dispuesto en el resolutivo
  5. tercero. anterior.
  6. QUINTO. COMUNICAR esta decision a las Secciones Primera y Quinta del Consejo de Estado.
  7. SEXTO. Una vez concluya el respectivo tramite indicado en el numeral
  8. segundo. de esta providencia, ORDENAR al despacho judicial que surta la unica o segunda instancia REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para que sea sometido al tramite de seleccion previsto en el Capitulo XIV del Reglamento Interno de esta Corporacion.
  9. SEPTIMO. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.