A- de 2023
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Castaño Sanchez Martha·Demandado Departamento De Caldas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Manizales y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso una ciudadana para que se invalidaran los actos administrativos proferidos por la Gobernación de Caldas, por medio de los cuales resolvió suspender un proceso de transmisión pensional, así como los que resolvieron los recursos interpuestos en contra de éste.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 371/22 mediante la cual se estableció que, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral y de seguridad social, es la competente para conocer de un proceso en el que se pretenda obtener el reconocimiento de una sustitución pensional promovido por quienes alegan su condición de beneficiarios de un causante que, prima facie, tiene la condición de trabajador oficial al momento de causarse la prestación.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Manizales, para lo de su competencia y para que comunique esta decisión al otro operador jurídico involucrado y a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Manizales conocer del proceso promovido por la señora Martha Castaño Sánchez.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3849 al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Manizales, para lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito de Manizales y a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.