Micelio
Auto2 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Alexander Peña Palacios·Demandado E.P.S. Famisanar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencias suscitado entre el Juzgado Quinto Penal Municipal de Villavicencio con funciones de conocimiento mixto y el Juzgado Quinto de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Soacha.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambas, presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.

Teniendo en cuenta la divergencia de criterios en torno al factor territorial, la Corte dio prevalencia al criterio a prevención y dispuso el envío del expediente al Juzgado Quinto Penal Municipal de Villavicencio con funciones de conocimiento mixto para que, de manera inmediata, adopte las decisiones de fondo a que haya lugar.

Al otro operador jurídico involucrado, quien fue el que remitió el expediente a la Corte Constitucional, se le advirtió que, en lo sucesivo, se abstenga de remitir los conflictos a dicha Corporación cuando verifique que en Ley 270 de 1996 hay una autoridad dispuesta para tal efecto, así como aplicar los criterios definidos por la jurisprudencia constitucional para solucionar aparentes conflictos de competencia frente al conocimiento de acciones de tutela.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 10 de noviembre de 2022 por el Juzgado
  2. Quinto. Penal Municipal de Villavicencio con funciones de conocimiento mixto, con ocasión de la tutela promovida por Alexander Peña Palacios, en contra de Famisanar EPS.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4325 al Juzgado
  4. Quinto. Penal Municipal de Villavicencio con funciones de conocimiento mixto para que, de manera inmediata, adopte las decisiones de fondo a que haya lugar en relación con la acción de tutela.
  5. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
  6. Quinto. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Soacha, autoridad que remitió el expediente de la referencia a la Corte Constitucional, para que, en lo sucesivo, se abstengan de remitir los conflictos a esta Corporación, cuando verifique que en Ley 270 de 1996 hay una autoridad dispuesta para tal efecto, así como aplicar los criterios definidos por esta Corte para solucionar aparentes conflictos de competencia frente al conocimiento de acciones de tutela.
  7. CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corporación COMUNICAR esta providencia a las partes de la tutela y al Juzgado
  8. Quinto. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Soacha.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.