Micelio
Auto11 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Gomez Pablo Emilio·Demandado Caja Nacional De Prevision Social Eice Liquidada Y Ministerio De Salud Y Proteccion Social

Tema · dato duro
Controversia Sobre Prestaciones Laborales Promovidas Por Trabajadores Oficiales Causadas En Virtud De Contrato De Trabajo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre prestaciones laborales promovidas por trabajadores oficiales causadas en virtud de contrato de trabajo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cincuenta y Seis Administrativo, Sección Segunda, de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que presentó un ciudadano en contra de la CAJANAL EICE, con el objeto de que se declarara la existencia de una relación de trabajo, a través de un contrato ficto, en calidad de trabajador oficial.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, determinó la Corte determinó que, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer de una demanda, por medio de la cual se pretende que se declare la existencia de un contrato de trabajo y, por esa vía, se otorgue el reconocimiento de prestaciones laborales, cuando se advierte, al menos en principio, que la parte accionante prestó un servicio propio de los trabajadores oficiales, de conformidad con las normas que determinan el tipo de vinculación de los servidores públicos de la entidad demandada.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades judiciales involucradas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cincuenta y Seis Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por Pablo Emilio Gómez.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3256 al Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades judiciales involucradas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.