A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Municipio De San Carlos Antioquia·Demandado Francy Esmeralda Garcia Guzman
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo Municipal de San Carlos, Antioquia, y el Juzgado 36 Administrativo Oral del Circuito de Medellín.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda interpuesta por el municipio de San Carlos en contra de una ciudadana, para que se declarara que un local comercial le pertenecía y para que, se condenara a la demandada a su restitución y al pago de los frutos naturales o civiles del inmueble mencionado.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 016/22 mediante la cual estableció que, cuando una entidad pública presenta una demanda contra un particular, con el objeto de obtener la restitución de bienes o la restitución de tenencia, sin que se advierta la existencia de un contrato estatal y sin que se constate de por medio el cumplimiento de una función administrativa, el asunto deberá ser asumido por la Jurisdicción Ordinaria, en aplicación de la regla general o residual de competencia prevista a su favor en el artículo 15 del Código General del Proceso.
Con base en lo anterior dispuso el envío del expediente al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Carlos para que adelante lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo Municipal de San Carlos, Antioquia, y el Juzgado 36 Administrativo Oral del Circuito de Medellín de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo Municipal de San Carlos, Antioquia, es la autoridad competente para conocer la demanda "reivindicatoria de restitución de tenencia" presentada por el municipio de San Carlos, Antioquia.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-292 al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de San Carlos para que adelante lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 36 Administrativo Oral del Circuito de Medellín.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.