Micelio
Auto11 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Sánchez Medina Jorge Enrique·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque los defectos identificados en la decisión de inadmisión no fueron subsanados en el escrito de corrección.

La Sala Plena de la Corporación no encontró demostrado que el auto cuestionado hubiera incurrido en un yerro, olvido o arbitrariedad, como tampoco alegó o acreditó que el magistrado sustanciador hubiera exigido requisitos que no fueran propios del juicio de admisibilidad de la acción pública de inconstitucionalidad, ni que la demanda y su corrección hubiera complido debidamente con lo solicitado en la providencia de inadmisión.

Con base en lo anterior se NIEGA el recurso impetrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. NEGAR el recurso de súplica presentado por Jorge Enrique Sánchez Medina, dentro del expediente D-15436, en contra del auto del 7 de septiembre de 2023, proferido por el Magistrado Sustanciador Alejandro Linares Cantillo.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, COMUNÍQUESE el contenido de esta decisión al demandante, advirtiéndole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Una vez quede ejecutoriado el presente auto, ARCHÍVESE el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.