A- de 2023
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Asociacion De Cabildos Y Autoridades Tradicionales Indigenas De La Sevla De Mataven- Acatisema €?·Demandado Nacion €? Ministerio Del Interior
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención del lugar escogido por el demandante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia presentado entre el Juzgado Décimo Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, y el Juzgado Promiscuo de Familia de Puerto Carreño (Vichada).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos juzgados presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus orígenes la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la autoridad que eligió el actor para resolver, a prevención, su solicitud de amparo, es decir, al Juzgado 10º Administrativo Oral de Bogotá D.C., Sección Segunda, a quien se le indica que, de manera inmediata debe tramitarlo y adoptar la decisión de fondo a la que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 8 de septiembre de 2023, proferido por el Juzgado 10º Administrativo Oral de Bogotá D.C., Sección Segunda, dentro del trámite de la acción de tutela de la referencia.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4515 al Juzgado 10º Administrativo Oral de Bogotá D.C., Sección Segunda, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, Juzgado 10º Administrativo Oral de Bogotá D.C., Sección Segunda, y al Juzgado Promiscuo de Familia de Puerto Carreño.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.