A- de 2019
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Aura Mariela Botero Gomez·Demandado Marquillas S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Oralidad de Medellín y el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Sabaneta (Antioquia).
La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que del factor territorial hicieron los despachos involucrados.
Teniendo en cuenta que ambos despachos son competentes para tramitar la acción de tutela, la Corte decide remitir el expediente al juzgado de Medellín, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo que corresponda.
Lo anterior, toda vez que fue la autoridad judicial a la que se repartió en primer término la solicitud y es la ciudad donde se producen los efectos de la vulneración de derechos alegada.
Se le advierte al otro despacho judicial que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 7 de marzo de 2019, proferido por el Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Oralidad de Medellin, dentro de la accion de tutela formulada por Aura Mariela Botero Gomez en contra de Marquillas S.A.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3628, que contiene la accion de tutela presentada por Aura Mariela Botero Gomez en contra de Marquillas S.A., al Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Oralidad de Medellin, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Sabaneta que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Sabaneta y a la accionante, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.