Micelio
Auto23 de abril de 2018

A- de 2018

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Juan David Serna Arbelaez Y Otro·Demandado Juzgado Decimo De Familia De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se pone a disposición de las partes y de los vinculados al proceso varios documentos para que ejerzan sus derechos de defensa y contradicción y realicen los pronunciamientos a lugar.

Así mismo, se decreta la suspensión de términos por el lapso de 20 días hábiles a partir de la expedición de la presente providencia, esto es, mientras se suerte el trámite indicado de manera precedente, con sujeción a lo establecido en el artículo 106 del Acuerdo 02 de 2015.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. PONER A DISPOSICION de las partes y vinculados al proceso el escrito y los anexos allegados el 19 de abril de 2018 por la apoderada del senor Nicolas Cipriano Pajaro Penaranda, por un termino de dos (2) dias en la Secretaria General, para que ejerzan sus derechos de defensa y contradiccion, y realicen los pronunciamientos a lugar.
  2. Segundo. DECRETAR la suspension de terminos en el expediente de la referencia por el lapso de veinte (20) dias habiles a partir de la fecha de expedicion de la presente providencia, esto es, mientras se surte el tramite a que hace referencia el numeral anterior, y con sujecion a lo establecido en el articulo 106 del Acuerdo 02 de 2015.
  3. Tercero. Proceda la Secretaria General de esta Corporacion a librar las comunicaciones correspondientes por el medio mas expedito, acompanando copia integral de este proveido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.