A- de 2016
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Juan Carlos Cano Rativa·Demandado Ficalia Primera Local De Barbosa, Santander
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Reiteración auto A.124/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Segundo Promiscuo de Familia y Primero Penal del Circuito de Vélez (Santander).
Se reitera, con relación a la aplicación del Decreto 1382 de 2000, que éste solo establece reglas de reparto y no de competencia, por lo que las disposiciones consagradas en el mismo no son presupuesto para que una autoridad judicial se aparte del conocimiento de un asunto.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Vélez, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones, el conocimiento de la solicitud de amparo formulada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del veintidós (22) de febrero de dos mil dieciséis (2016) proferido por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo de Familia de Vélez - Santander, mediante el cual decidió que no era competente para conocer de la acción de tutela presentada por el señor Juan Carlos Cano Rativa.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2402 al Juzgado
- Segundo. Promiscuo de Familia de Vélez - Santander, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
- Tercero. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Vélez - Santander.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.