REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORTE CONSTITUCIONAL
Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004
AUTO 2388 DE 2023
Referencia: reprogramación de sesiones técnicas para la recolección, discusión y presentación de información para la valoración de la superación del estado de cosas inconstitucional.
Magistrada sustanciadora:
Natalia Ángel Cabo.
Cinco (05) de octubre de dos mil veintitrés (2023)
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, integrada por el magistrado Juan Carlos Cortés González y las magistradas Diana Fajardo Rivera y Natalia Ángel Cabo, quien la preside, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere el siguiente
AUTO
A través de la presente decisión, la Sala Especial de Seguimiento reprogramará las sesiones técnicas citadas para la recolección, discusión y presentación de información para la valoración de la superación del estado de cosas inconstitucional (en adelante ECI).
I. ANTECEDENTES
1. A través del auto 1291 del 10 de julio de 2023, esta Sala Especial convocó a seis sesiones técnicas sobre los distintos componentes de la política pública para la población desplazada. Estas se desarrollarían entre los meses de septiembre y octubre, en las fechas que se especificaron en dicha providencia[1]. Las sesiones tienen como objetivo habilitar un espacio de diálogo entre el Gobierno nacional, algunos gobiernos territoriales, representantes de las Mesas de Participación Efectiva de Víctimas, los organismos de control y la sociedad civil, con la participación de organismos intergubernamentales de derechos humanos y personas e instituciones expertas sobre los temas a tratar. En las sesiones se discutirá de manera franca y propositiva las falencias estructurales más críticas de cada componente y las acciones estratégicas para la superación del ECI. Todo lo anterior, con miras a la valoración global que realizará la Sala Especial sobre el cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004[2].
2. El 24 de agosto de 2023, a través del auto 1990, la magistrada sustanciadora suspendió tres sesiones técnicas, en particular, las previstas para los días 4 de septiembre, 2 y 23 de octubre, correspondientes a los nodos de (i) sistemas de información y subsistencia mínima; (ii) prevención y protección; (iii) verdad, justicia y reparación integral; respectivamente. La suspensión obedeció a que la Sala Especial no había recibido la totalidad de los informes que debían ser presentados por las autoridades. Por consiguiente, la Sala no contaba con el tiempo necesario para analizar la información antes de la realización de las sesiones técnicas.
3. El 11 de septiembre de 2023, se llevó a cabo la sesión técnica sobre presupuesto y coordinación nación territorio.
II. CONSIDERACIONES
1. La Sala Especial de Seguimiento postergará las sesiones técnicas programadas y las citará para el primer semestre de 2024. De esta manera, sus miembros podrán tener un involucramiento más activo y significativo en la conducción de las sesiones técnicas, que redunde en la calidad del debate previo a la valoración global que desarrollará la Sala, y el plan de acción que adoptará el Gobierno para la superación del ECI.
2. La nueva programación de las sesiones técnicas se presenta en el siguiente cuadro:
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Nodo |
Componentes |
Fecha |
Entidades convocadas |
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Retornos y reubicaciones, educación, vivienda y generación de ingresos |
Educación |
22 de enero de 2024 |
Unidad para las Víctimas Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Ministerio de Trabajo Ministerio de Agricultura y desarrollo rural Entidades territoriales Departamento Nacional de Planeación Ministerio de Educación Departamento de Prosperidad Social Servicio Público de Empleo Ministerio de Comercio, Industria y Turismo SENA Bancoldex Agencia Nacional de Tierras Ministerio de Defensa Unidad de Restitución de Tierras Finagro Banco Agrario |
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Vivienda |
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Generación de ingresos |
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Retornos y reubicaciones |
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Componente transversal y subsistencia mínima |
Sistemas de información |
19 de febrero de 2024 |
Unidad para las Víctimas Departamento Nacional de Planeación |
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Subsistencia mínima |
Unidad para las Víctimas Entidades territoriales para subsistencia mínima |
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Prevención y Protección |
Vida, libertad, integridad personal y garantías de no repetición |
4 de marzo de 2024 |
Ministerio del Interior Unidad para las Víctimas Departamento Nacional de Planeación Defensoría del Pueblo (Sistema de Alertas Tempranas) Procuraduría General de la Nación (Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos) Unidad Nacional de Protección Instituto Nacional de Medicina Legal Ministerio de Defensa Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Consejería Presidencial DDHH Fiscalía General de la Nación Alto Comisionado para la Paz (Programa de desminado) Entidades territoriales |
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Verdad, justicia y reparación integral |
Indemnización |
18 de marzo de 2024 |
Unidad para las Víctimas Departamento Nacional de Planeación Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
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Verdad y Justicia |
Ministerio de Justicia Centro Nacional de Memoria Histórica Fiscalía General de la Nación Consejo Superior de la Judicatura Jurisdicción Especial para la Paz Unidad para las Víctimas |
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Restitución de tierras y protección de predios |
Unidad para las Víctimas Unidad de Restitución de Tierras Departamento Nacional de Planeación Agustín Codazzi Agencia Nacional de Tierras Superintendencia de Notariado y Registro |
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Rehabilitación |
Ministerio de Salud Unidad para las Víctimas Entidades territoriales |
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Derechos colectivos étnicos |
Autonomía y gobierno propio |
8 de abril de 2024 |
Unidad para las Víctimas Ministerio del Interior Departamento Nacional de Planeación Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa Ministerio de Cultura Ministerio de Ambiente Ministerio de Justicia Ministerio de Minas Ministerio de Educación Agencia Nacional de Licencias Ambientales Agencia Nacional de Hidrocarburos Agencia Nacional de Infraestructura Instituto Colombiano de Bienestar Familiar |
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Identidad cultural |
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Territorio |
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Registro étnico |
3. A las sesiones técnicas deberán asistir las personas que dirigen, presiden o ejercen como ministros o ministras de las entidades que se convocarán. Esto, en concordancia con el fundamento 17 del auto 1291 de 2023. La agenda de cada sesión se fijará por la magistrada sustanciadora de la Sala Especial de Seguimiento, por medio de auto que para tal fin expida.
4. De conformidad con lo decidido por esta Sala Especial en el auto 1291 de 2023[3], el informe final del Gobierno nacional deberá ser presentado un mes después de finalizadas las sesiones técnicas, es decir, el 8 de mayo de 2024. El mismo deberá incorporar los ajustes que se deriven del diálogo desarrollado durante las sesiones técnicas y deberá ser remitido, en la misma fecha, a los organismos de control, la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas y la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado. Asimismo, deberá incorporar las mediciones de los indicadores correspondientes al año 2023.
5. La Sala Especial de Seguimiento ha podido constatar el interés demostrado por el alto gobierno, representado en la directora de la Unidad para las Víctimas, el Departamento Nacional de Planeación, los directores, directoras, ministras y ministros que han participado en este proceso y que confirmaron su participación personal y presencial en las sesiones técnicas. Asimismo, la Sala valora muy especialmente la participación significativa de las personas delegadas por las Mesas de Participación Efectiva, de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazados; así como el acompañamiento de los organismos de Naciones Unidas. En consecuencia, les invita a seguir trabajando en la identificación de las falencias estructurales más críticas y en la construcción de las acciones estratégicas que permitirán la superación del estado de cosas inconstitucional.
6. En mérito de lo expuesto, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004
RESUELVE
Primero. REPROGRAMAR las sesiones técnicas citadas en el auto 1291 de 2023 en las fechas y condiciones fijadas en el fundamento 2 de este auto y, en consecuencia, CITAR a los directores, directoras, ministros o ministras de las entidades allí referidas, al Defensor del Pueblo, a la Procuradora General de la Nación y al Contralor General de la República; e INVITAR a dos delegados de la Mesa de Participación Efectiva de Víctimas, a la Comisión de Seguimiento de la Política Pública de Desplazamiento Forzado y la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Refugiados.
Segundo. AUTORIZAR a la magistrada sustanciadora de la Sala Especial de Seguimiento para fijar la agenda de las sesiones técnicas reprogramadas en el numeral primero y definir las personas o instituciones adicionales que participarán en cada una de ellas.
Tercero. - ORDENAR al Gobierno nacional, en cabeza de la directora de la Unidad para las Víctimas y el director del Departamento Nacional de Planeación, presentar el informe final del Gobierno nacional un mes después de finalizadas las sesiones técnicas, es decir, el 8 de mayo de 2024. El mismo deberá incorporar los ajustes que se deriven del dialogo desarrollado durante las sesiones técnicas y deberá ser remitido, en la misma fecha, a los organismos de control, a la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas y la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado. El informe deberá incorporar las mediciones de los indicadores correspondientes al año 2023.
Cuarto. COMUNICAR la presente providencia, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, a las entidades mencionadas en el fundamento 2 de esta providencia, a la Procuradora General de la Nación, al Contralor General de la República, al Defensor del Pueblo, a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado, a la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas y a la Oficina en Colombia de la Alta Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados - ACNUR.
Comuníquese y cúmplase.
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
Magistrado
DIANA FAJARDO RIVERA
Magistrada
ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Secretaria General
[1] En el auto 1854 de 2023 la magistrada sustanciadora, por solicitud del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Unidad para la Reparación Integral de Víctimas, redefinió algunas de las sesiones técnicas dispuestas en el auto 1291 de 2023.
[2] Los fundamentos del cambio de la metodología del proceso de seguimiento se presentaron en el auto 310 de 2023.
[3] Fundamento 20.5.