Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Presupuestos formales de procedencia
- Rechazar por falta de legitimación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-223/21.
La petición fue formulada por quien manifestó ser hermano de la accionante y con base en la comisión de supuestas irregularidades.
Luego de revisar el asunto encontró la Sala que el memorialista no fue parte, ni se integró al trámite de tutela o de revisión, ni tampoco se trató de un sujeto que se encontrara jurídicamente relacionado con una de las partes o con la pretensión debatida, de suerte que pudiera reconocerse como un tercero afectado con las órdenes proferidas en el fallo de la referencia.
En consecuencia, se RECHAZA la nulidad invocada, por incumplimiento del requisito de legitimación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (25 puntos)
- Primero. RECHAZAR la solicitud de nulidad presentada por el señor H.M.G.P. contra la Sentencia T-223 de 2021 por incumplir con el requisito de legitimación.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
- Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia al peticionario.
- Comuníquese y cúmplase.
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- Ausente con comisión
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- Ausente con comisión
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.