Micelio
Auto4 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Jaime Enrique Rodriguez Navas·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración de la Sentencia C-030/23, formulada por el magistrado Jaime Enrique Rodríguez Navas, en su calidad de magistrado y presidente del Consejo de Estado y de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo.

La petición se circunscribió a cuatro niveles: (i) la prescripción de la acción disciplinaria durante el trámite del recurso extraordinario de revisión; (ii) la procedencia del recurso extraordinario de revisión; (iii) el marco de análisis del recurso, la legitimación para interponerlo, la procedencia de recursos contra la sentencia y el trámite aplicable y; (iv) los efectos en el tiempo de la modulación general de los efectos normativos del recurso extraordinario de revisión.

Siguiendo el precedente del Auto 1863/22 la Sala Plena concluyó que el Consejo de Estado no se encuentra legitimado para presentar la solicitud de aclaración, dado que no tiene la calidad de demandante ni de interviniente en el expediente D-14503 que dio lugar a la expedición de la sentencia cuya aclaración se pide.

Con base en lo anterior se RECHAZA la pretensión invocada, por falta de legitimación

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (25 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR la solicitud de aclaración de la Sentencia C-030 de 2023 presentada por el magistrado Jaime Enrique Rodríguez Navas, actuando en calidad de magistrado y presidente del Consejo de Estado y de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. INFORMAR a la entidad peticionaria que contra el presente auto no procede recurso alguno.
  3. Tercero. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia a la entidad peticionaria.
  4. Comuníquese y cúmplase.
  5. DIANA FAJARDO RIVERA
  6. Magistrada
  7. Ausente con comisión
  8. NATALIA ÁNGEL CABO
  9. Magistrada
  10. Ausente con comisión
  11. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  12. Magistrado
  13. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  14. Magistrado
  15. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  16. Magistrado
  17. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  18. Magistrado
  19. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  20. Magistrada
  21. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  22. Magistrada
  23. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  24. Magistrado
  25. ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.