Micelio
Auto10 de julio de 2009

A- de 2009

Ponente María Victoria Calle Correa

Tema · dato duro
Solicitud De Revocatoria De La Sentencia T-260/99. La Corte Considera Que Esta Solicitud Debe Ser Rechazada Por Improcedente, Ya Que Las Sentencias De La Corte Sólo Pueden Ser Cuestionadas Eventualmente Por Incurrir En Alguna De Las Cuales Excepcionalísimas De Nulidad Y Tampoco Cumple Con Los Requisitos Señalados Para Solicitar La Nulidad, Por Lo Tanto Decide Rechazarla Por Improcedente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Revocatoria
  • Debe ser rechazada por improcedente dado que en el ordenamiento jurídico aplicable a los procesos que se surten ante la Corte Constitucional no se dispone de este instrumento
  • Sería posible interpretarse como una solicitud de nulidad
Solicitud De Nulidad
  • Para resultar procedente y próspera debe superar unos requisitos formales y materiales estrictos
Solicitud De Revocatoria De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Recursos y solicitudes atípicas deben ser resueltas por el Magistrado o una Sala de las que expidió el acto en cuestión
  • Rechazar por improcedente en sentencia T-260/99 por cuanto no existe posibilidad de estudiar el fondo de un recurso o solicitud atípica como la revocatoria
Solicitud De Revocatoria De Sentencia
  • Debe recibir el mismo tratamiento que otros recursos y solicitudes atípicas
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de revocatoria de la Sentencia T-260 de 1999, proferida por la Sala Tercera de Revision de la Corte Constitucional.
  2. Segundo. Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.