A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Raul Andres Silva Cubides·Demandado Casa Editorial El Tiempo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 47 Administrativo del Circuito de Bogotá (Sección Segunda) y el Juzgado 15 Civil de Ejecución de Sentencias de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho se apartó del conocimiento de la acción de tutela, con fundamento en las reglas de reparto previstas por el Decreto 333 de 2021.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente el Juzgado 47 Administrativo del Circuito de Bogotá (Sección Segunda) para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Se hace una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto de la normatividad mencionada, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 30 de agosto de 2023, proferido por el Juzgado 47 Administrativo del Circuito de Bogotá (Sección Segunda), en el marco de la acción de tutela promovida por Raúl Andrés Silva Cubides en contra de la Casa Editorial El Tiempo
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4510 al Juzgado 47 Administrativo del Circuito de Bogotá (Sección Segunda), para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR a el Juzgado 47 Administrativo del Circuito de Bogotá (Sección Segunda) para que, en lo sucesivo, se abstenga de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado 15 Civil de Ejecución de Sentencias de Bogotá la decisión adoptada mediante esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.