A- de 2021
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Andres Tavera Franco Y Otros·Demandado Tribunal Administrativo De Antioquia, Sala Quinta Mixtas
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En ejercicio de la facultad prevista en el artículo 64 del Acuerdo 02 de 2015, La Sala Segunda de Revisión decidió con esta providencia SUSPENDER los términos para fallar el presente proceso, a partir de la fecha en que se profirió éste y hasta tanto se recaude la prueba decretada en el Auto del 7 de mayo de 2021 y se disponga levantar esta medida de suspensión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. En ejercicio de la facultad prevista en el articulo 64 del Acuerdo 02 de 2015, SUSPENDER los terminos para fallar el presente proceso a partir de la fecha y hasta tanto se recaude la prueba decretada en el Auto del 7 de mayo de 2021 y la Sala Segunda de Revision disponga levantar esta medida.
- SEGUNDO. Contra este auto no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.