Micelio
Auto2 de junio de 2016

A- de 2016

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Caprecom Eice En Liquidacion

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Levantamiento De Las Sanciones Por Desacato Impuestas A Caprecom Eice En Liquidacion
  • Negar por cuanto peticionario no ofrece elementos de juicio suficientes sobre la incapacidad institucional actual, ni un plan de contingencia diferenciado co
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El representante legal de CAPRECOM EICE En Liquidación solicita a la Corporación levantar las sanciones que por desacato se hayan emitido en contra de dicha entidad, en relación con la prestación de los servicios de salud a favor de la población privada de la libertad.

La petición se formula para que se resuelva de acuerdo a los fundamentos que han llevado a la Corte a proferir medidas semejantes.

Como quiera que el peticionario no ofrece elementos de juicio suficientes sobre la incapacidad institucional actual, ni un plan de contingencia diferenciado con el que logre mermar la afectación de los derechos de la población carcelaria a su cargo, la Sala de Revisión decide NEGAR la solicitud formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. Primero. NEGAR la solicitud de levantamiento de las sanciones existentes por desacato contra CAPRECOM EICE En Liquidacion, en relacion con la prestacion de los servicios de salud a favor de la poblacion privada de la libertad, en merito de lo considerado en esta decision.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.