Micelio
Auto26 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Empresa De Energia De Casanare Sa Esp·Demandado Rubiano Molina Jose

Tema · dato duro
Proceso Judicial Para Cobro De Facturas Por Prestación De Servicios Públicos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios públicos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 1° Civil Municipal de Yopal (Casanare) y el Juzgado 1° Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ejecutiva singular de mínima cuantía que presentó la Empresa de Energía de Casanare S.A.

ESP, para que se librara mandamiento de pago por la suma de dinero representado en un acuerdo de pago, más los intereses de mora causados.

El valor debido por el demandado correspondía a la prestación del servicio de energía eléctrica.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 879/23 mediante la cual se estableció que, la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad civil conocerá de los procesos ejecutivos en los que se pretenda cobrar títulos que incorporen deudas derivadas de la prestación de los servicios públicos domiciliarios, de acuerdo con el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, el cual fue modificado por el artículo 18 de la Ley 689 de 2001.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 1° Civil Municipal de Yopal para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 1° Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 1° Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda ejecutiva promovida por la Empresa de Energía de Casanare S.A. E.S.P. en contra Rubiano José Molina, le corresponde tramitarla al Juzgado 1° Civil Municipal de Yopal.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4147 al Juzgado 1° Civil Municipal de Yopal para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 1° Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.