Micelio
Auto26 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Cedenar Sa Esp·Demandado Municipio De Tangua Nariño

Tema · dato duro
Proceso Ejecutivo Para El Pago De Facturas De Prestación De Servicios Públicos Domiciliarios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios públicos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Tangua y el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Pasto.

La controversia fue suscitada por demanda ejecutiva iniciada por la empresa Centrales Eléctricas de Nariño S.A.

E.S.P., contra el municipio de Tangua (Nariño), con el propósito de obtener el pago de facturas por concepto de consumo de energía eléctrica suministrado al ejecutado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión contenida en Auto 708 de 2021 según la cual, la jurisdicción ordinaria conocerá de los procesos ejecutivos en los cuales se pretendan cobrar facturas en el marco de un contrato de prestación de servicios públicos domiciliarios, de conformidad con el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, reformado por el artículo 18 de la Ley 689 de 2001.

En consecuencia, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Tangua para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Pasto y a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia en el sentido de declarar que el Juzgado Promiscuo Municipal de Tangua es la autoridad competente para conocer la demanda ejecutiva presentada por Centrales Eléctricas de Nariño S.A. E.S.P (Cedenar) contra el Municipio de Tangua.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-3999 al Juzgado Promiscuo Municipal de Tangua para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
  3. Séptimo. Administrativo del Circuito de Pasto y a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.