A- de 2023
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Construcciones Y Montajes Electricos De Colombia Sas·Demandado Consorcio Terminal Puerto Espejo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre responsabilidad contractual entre particulares
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Séptimo Civil Municipal de Armenia y el Juzgado Quinto Administrativo de la misma ciudad.
La controversia surgida entre los Despachos citados radica en demanda ejecutiva contra el Consorcio Terminal Puerto Espejo, con el propósito de que se libre mandamiento de pago por el saldo pendiente de la obligación contenida en una factura de venta, aceptada y parcialmente pagada.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo dispuesto en Autos 403, 1091 de 2021, y 348 de 2022, según los cuales en aplicación de la cláusula residual de competencia, de que trata el artículo 15 del Código General del Proceso, la jurisdicción ordinaria es la competente para conocer las demandas sobre controversias derivadas de la ejecución de subcontratos que tienen por causa contratos estatales, si aquellos son celebrados entre un contratista de una entidad pública y un subcontratista también particular.
En consecuencia, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Séptimo Civil Municipal de Armenia para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Séptimo. Civil Municipal de Armenia es la autoridad competente para conocer del proceso ejecutivo promovido por la empresa CYMEL contra el Consorcio Terminal Puerto Espejo.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-3765 al Juzgado
- Séptimo. Civil Municipal de Armenia para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.