A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Caja De Compensacion Del Huila Comfamiliar·Demandado Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Adres Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre recobros al Estado por servicios y tecnología en salud con cargo a la UPC del régimen subsidiado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 3 Laboral del Circuito de Neiva y el Juzgado 5 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda que presentó la Caja de Compensación Familiar del Huila en contra de la ADRES y otros, con el fin de que se declarara que le adeudaban unas sumas de dinero por concepto de recursos de esfuerzo propio que sirven para financiar las prestaciones del Régimen Subsidiado de Salud.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 721/21 mediante la cual se estableció que, la competencia judicial para conocer de litigios que pretendan reclamar el pago de la UPC al Estado por prestaciones del antes POS (hoy PBS UPC) corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa, de acuerdo con la cláusula general de competencia prevista en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, toda vez que se trata de controversias de carácter exclusivamente económico contra entidades públicas, donde se cuestiona el pago de un valor liquidado dentro de un procedimiento de carácter administrativo a cargo del Estado.
Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado 5 Administrativo del Circuito de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los interesados en este asunto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 3 Laboral del Circuito de Neiva y el Juzgado 5 Administrativo del Circuito de Neiva, en el sentido de DECLARAR que al Juzgado 5 Administrativo del Circuito de Neiva le corresponde conocer sobre la demanda presentada por la Caja de Compensación Familiar del Huila - Comfamiliar Huila contra la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - Adres, el departamento del Huila y el municipio de Algeciras.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2948 al Juzgado 5 Administrativo del Circuito de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 3 Laboral del Circuito de Neiva y a los interesados en este asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.