Micelio
Auto8 de julio de 2020

A- de 2020

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Hector Bolivar Hidalgo Muñoz·Demandado Fiscalia General De La Nacion Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reparto De Acciones De Tutela Masivas
  • Identidad de objeto, causa y sujeto pasivo
  • Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán y el Tribunal Administrativo del Valle.

En este caso se configuró un conflicto aparente luego de que la Corporación de la ciudad de Popayán determinara que no era competente para conocer la acción de tutela invocada, con base en lo dispuesto en las reglas de reparto de tutela del Decreto 1834 de 2015.

Con base en dicha consideración, ordenó remitir el expediente al Tribunal Administrativo del Valle, quien a su turno consideró determinó que, pese a haber avocado y acumulado varias acciones en razón de su identidad, no era viable asumir el conocimiento del actual proceso por falta de competencia territorial.

Considera la Corte que el Tribunal Superior mencionado no realizó una verificación pormenorizada de la identidad de causa y objeto entre las solicitudes de amparo, sino que únicamente llevó a cabo una valoración genérica y superficial de que a él le fue repartida.

En tal sentido, se dirime la controversia con la remisión del expediente a la precitada autoridad, para que de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 8 de junio de 2020 proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan dentro de la accion de tutela formulada por el senor Hector Bolivar Hidalgo Munoz contra la Fiscalia General de la Nacion.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3854 a la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. Por la Secretaria General de la Corte Constitucional, COMUNICAR a la parte accionante y al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónGloria Stella Ortiz DelgadoAclaraciónCarlos Libardo Bernal Pulido
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.