A- de 2015
Ponente Myriam Avila Roldán
✓Demandante Hector Perdomo Moreno·Demandado Establecimiento Penitenciario Y Carcelario De Acacias Meta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Competencia de Juzgado Único Laboral del Circuito
- Reiteración auto A124/09
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Único Laboral del Circuito de Pitalito y el Juzgado Civil del Circuito de Acacías, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
La Corte considera que no existe fundamento jurídico válido para generar un conflicto de competencia, ni siquiera aparente, y por ello decide el asunto ordenando la remisión del expediente al Juzgado Único Laboral del Circuito de Pitalito (Huila), para que asuma el conocimiento de la solicitud de amparo y adopte la decisión de fondo a que haya lugar, sin más dilación.
Se advierte a esta autoridad que, en adelante, debe observar estrictamente la jurisprudencia de la Corporación sobre conflictos de competencia en materia de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido por el Juzgado Unico Laboral del Circuito de Pitalito, del once (11) de diciembre de dos mil catorce (2014), en el tramite de la accion de tutela presentada por el senor Hector Perdomo Moreno contra del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Acacias -Meta-.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2133 al Juzgado Unico Laboral del Circuito de Pitalito -Huila-, para que asuma el conocimiento de la accion de tutela y adopte la decision de fondo a que haya lugar, sin mas dilacion.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Unico Laboral del Circuito de Pitalito -Huila- que, en adelante, debera observar estrictamente la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la Corte, COMUNICAR al Juzgado Civil del Circuito de Acacias Meta, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.