A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Maria Zoraida Castellanos Medina·Demandado Juzgado Primero Laboral Del Circuito De Bucaramanga Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación del principio de la perpetuatio jurisdictionis
- Competencia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia como superior jerárquico común
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y la Sala de Casación Laboral de la misma Corporación.
Para la Corte resultó equivocada la decisión adoptada por la Sala Laboral, en tanto no le era permitido realizar un análisis de fondo de las pretensiones de la solicitud de amparo para declarar su incompetencia, máxime cuando las decisiones atacadas en sede de tutela correspondían al trámite de un proceso ejecutivo en el que la primera autoridad judicial no tuvo participación alguna y, por tanto, no se veían afectadas las garantías fundamentales de las partes.
En consecuencia, se dirime la controversia con la remisión del expediente Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para que de forma inmediata tramite y profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 30 de marzo de 2017 proferido por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dentro del expediente ICC-2849.
- SEGUNDO. REMITIR a la Sala de Casacion de la Corte Suprema de Justicia el expediente ICC-2849, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar, dentro de la accion de tutela presentada por Maria Zoraida Castellanos Medina, a traves de apoderado, contra el Juzgado 1o Laboral del Circuito de Bucaramanga y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaria General, se comunique la decision adoptada en esta providencia a las partes y a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.