Micelio
Auto13 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Bernal Cano Natalia·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

En este expediente se tiene que la Corte inicialmente rechazó parcialmente la demanda y la inadmitió frente al cargo formulado en contra del artículo 103 A del Código Penal.

Teniendo en cuenta el informe secretarial que dio cuenta de que la demandante no presentó el escrito de corrección, el despacho sustanciador procedió a rechazarla.

La Sala Plena de la Corporación consideró que los argumentos que la accionante presentó a través del recurso de súplica no sólo se alejan de la razón de la decisión de rechazo, sino que no cumplen con la carga argumentativa que se requiere para emitir un pronunciamiento de fondo.

Al devenir improcedente, se RECHAZA la súplica impetrada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR el recurso de súplica interpuesto por la doctora Natalia Bernal Cano en contra del auto del 16 de agosto de 2023 que rechazó la demanda de inconstitucionalidad que aquella formuló en contra del artículo 103A de la Ley 599 de 2000 "[p]or la cual se expide el Código Penal".
  2. Segundo. INFORMAR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. Tercero. ARCHIVAR el expediente una vez ejecutoriada la presente decisión.
  4. Notifíquese y cúmplase,
  5. DIANA FAJARDO RIVERA
  6. Presidenta
  7. NATALIA ÁNGEL CABO
  8. Magistrada
  9. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  10. Magistrado
  11. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  12. Magistrado
  13. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  14. Magistrado
  15. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  16. Magistrado
  17. No participa
  18. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  19. Magistrada
  20. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  21. Magistrada
  22. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.