A- de 2013
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Nurys Gonzalez Herazo Y Otra Vs Gobernacion De Sucre
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Factor territorial
- Competencia de Juzgado Promiscuo Municipal
- Reiteración Auto 124/09
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia suscitado entre el Juzgado Séptimo Administrativo Oral de Sincelejo y el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Santiago de Tolú.
Luego de analizar la reiterada, consistente y consolidada jurisprudencia de la Corporación respecto a los conflictos de competencia que surgen en el trámite de la acción de tutela, la Sala decide el asunto ordenando enviar el expediente al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Santiago de Tolú, para que tramite y profiera decisión de fondo de primera instancia, respecto del amparo solicitado
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto de mayo 22 de 2013, mediante el cual el Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Santiago de Tolu, declaro su incompetencia para conocer la accion de tutela formulada por las senoras Nurys Gonzalez Herazo y Sol Maria Zuniga Vega contra la Gobernacion de Sucre.
- Segundo. DECIDIR el conflicto de competencia supuestamente suscitado, ordenando la remision del expediente ICC-1927 al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Santiago de Tolu, para que tramite y profiera decision de fondo de primera instancia respecto del amparo solicitado.
- Tercero. Por la Secretaria General de esta corporacion, COMUNICAR al Juzgado
- Septimo. Administrativo Oral de Sincelejo, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.