Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Traslado a peritos constitucionales voluntarios para que se pronuncien sobre informes entregados por el Ministerio de Salud y Protección Social respecto del cumplimie
- Seguimiento al cumplimiento de la orden vigésima séptima de la sentencia T-760/08
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En el trámite de seguimiento a la orden vigésima séptima de la Sentencia T-760/08, la Sala decide correr traslado a los diferentes peritos constitucionales voluntarios de los informes entregados por el Ministerio de Salud y Protección, con el objeto de que se pronuncien sobre los mismos y evalúen los avances o retrocesos formales causados con la adopción de la Resolución 1328 de 2016.
De otra parte, se recomienda a la Cartera de Salud que, desde el mismo momento de entrada en vigencia del nuevo acto administrativo, genere los indicadores de goce efectivo de que trata el artículo 7 de la Ley 1751 de 2015, de manera que facilite y optimice el recaudo de los resultados de la implementación del procedimiento de recobro adoptado en la mencionada Resolución 1328.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Dar traslado a los peritos constitucionales voluntarios enlistados en la consideracion numero 4, para que dentro de los quince (15) dias siguientes a la comunicacion de esta providencia, se pronuncien sobre los informes entregados por el Ministerio de Salud y Proteccion Social el 18 y 29 de marzo de 2016. Igualmente, para que evaluen los avances o retrocesos formales causados con la adopcion de la Resolucion 1328 de 2016, acorde a lo consagrado en la consideracion num. 3 de este proveido.
- Segundo. Recomendar a la Cartera de salud que, desde el mismo momento de entrada en vigencia del nuevo acto administrativo, genere los indicadores de goce efectivo de que trata el articulo 7 de la Ley 1751 de 2015, de manera que facilite y optimice el recaudo de los resultados de la implementacion del procedimiento de recobro adoptado en la Resolucion 1382 de 2016.
- Tercero. Proceda la
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.