A- de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Estado de cosas inconstitucional declarado en sentencia T-025/04
- Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
- Participación en control fiscal en ejecución de recursos de entes territoriales
- Traslado informe de Contraloría General de la República sobre resolución que adopta Protocolo de Participación Efectiva de Víctimas del Conflicto Armado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se corre traslado a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral del Víctimas, del informe presentado por la Contraloría General de la República con ocasión a la entrada en vigencia de la Resolución 0388 del 2013, mediante la cual se adopta el Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado Se ordena a la precitada Unidad presentar un informe detallado haciendo referencia a cada uno de los puntos, así como indicar qué medidas ha implementado para asegurar que el nuevo esquema de participación para las víctimas no signifique un retroceso en la protección alcanzada por la población desplazada y los avances, obstáculos e impactos en la ejecución de tales medidas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CORRER traslado, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas del documento al cual se hizo referencia en el parrafo
- tercero. de la presente providencia.
- Segundo. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas, que en el plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir de la comunicacion del presente auto, remita a esta Sala Especial de Seguimiento, un informe -tanto en medio fisico como magnetico- en los precisos terminos definidos en la consideracion sexta del presente proveido.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.