Auto3 de septiembre de 2008
A- de 2008
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Jorge Alonso Garrido Abad
✓
Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra El Auto Del Veinte De Agosto De 2008, Proferido Por El Magistrado Jaime Araujo Renteria Dentro Del Proceso De La Referencia, Bajo El Argumento De Haber Cumplido Con Los Requisitos Señalados Por La Corporacion Para Proceder Al Estudio De Fondo De La Demanda De Inconstitucionalidad Contra Algunos Apartados Del Articulo 54 De La Ley 44 De 1993. El Recurso De Suplica Sera Denegado, En Primer Termino, Porque Lo Que Pretende Atacar El Actor Es El Auto De Inadmision, Y No El De Rechazo. En Segundo Lugar, Porque El Auto De Rechazo Se Expidio En Observancia De Las Leyes Aplicables Y De La Jurisprudencia Constitucional; Y, Finalmente, Porque El Recurso Carece Por Completo De Argumentacion, Por Lo Que No Plantea Ninguna Discrepancia Juridica A La Providencia Atacada. Confirmar El Auto Del 20 De Agosto De 2008
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Demanda De Inconstitucionalidad
- Concepto de violación
- Requisitos mínimos
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
- RESUELVE
- CONFIRMAR el auto del veinte (20) de agosto de 2008 dictado por el Magistrado Jaime Araujo Renteria, en el sentido de rechazar la demanda interpuesta por Jorge Alonso Garrido Abad contra articulo 54 (parcial), Ley 44 de 1993.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
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Manuel José Cepeda Espinosa
Ponente
Clara Ines Vargas Hernandez
Magistrado
Humberto Antonio Sierra Porto
Presidente
Jaime Araujo Rentería
Magistrado
Jaime Córdoba Triviño
Magistrado
Marco Gerardo Monroy Cabra
Magistrado
Mauricio González Cuervo
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Magistrado
Rodrigo Escobar Gil
Magistrado
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.