A- de 2023
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Jose Leonardo Suarez Ramirez·Demandado Comision Seccional De Disciplina Judicial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto aparente de competencias en materia de acción de tutela, suscitado entre el Tribunal Administrativo de Caquetá y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que las autoridades en conflicto decidieron no avocar el conocimiento de la acción de tutela, con base en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la primera autoridad a la que se le repartió el asunto, esto es, al Tribunal Administrativo de Caquetá para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a las dos Corporaciones involucradas para que, en lo sucesivo, se abstengan de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia por acciones de tutela, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 1º de agosto de 2023, proferido por el Tribunal Administrativo de Caquetá, dentro del trámite de la acción de tutela de la referencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4487 al Tribunal Administrativo de Caquetá, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Tribunal Administrativo de Caquetá y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia para que, en lo sucesivo, se abstengan de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia por acciones de tutela, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Tribunal Administrativo de Caquetá y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Florencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.