Micelio
Auto26 de febrero de 2025

A- de 2025

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Chamat Duque Carlos Alberto·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Finalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
1 tema · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica La demanda se rechazó porque en el escrito de corrección las observaciones previstas en el auto de inadmisión se presentaron de forma parcial y, en consecuencia, en la acusación permanecían algunos de los problemas de claridad, especificidad y pertinencia, que impedían la consolidación de al menos un cargo apto de inconstitucionalidad.

La Sala Plena de la Corporación concluyó que el recurso no satisfizo el requisito de carga mínima de argumentación y, por eso, procedió a RECHAZARLO por resultar improcedente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Por ausencia de carga argumentativa y las razones expuestas en el presente auto, RECHAZAR por improcedente el recurso de súplica presentado por el señor Carlos Alberto Chamat Duque en contra del auto del 23 de enero de 2025 proferido por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, mediante el cual se rechazó la demanda propuesta en contra del literal l) del artículo 3° de la Ley 1580 de 2012, "[p]or la cual se crea la pensión familiar".
  2. Segundo. A través de la Secretaría General, COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante, indicándole que contra ésta no procede recurso alguno.
  3. Tercero. Una vez se encuentre ejecutoriada la decisión adoptada en el presente auto, ARCHIVAR el expediente D-16313.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.